El derecho de autor en tiempos de IA: Congreso AVACI y los casos Li vs. Liu y GEMA vs. OpenAI
- CreatorsNews
- 20 ago 2024
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Actualizado: hace 1 día

Congreso AVACI: un encuentro protagonizado por la inteligencia artificial
El Congreso AVACI 2025, realizado en Zagreb, Croacia, volvió a poner en el centro del debate la relación entre creatividad humana e inteligencia artificial. En este marco, el director y guionista especializado en IA Christoph Behl analizó la acelerada evolución de las herramientas generativas en la creación audiovisual, y llamó a reconocer la autoría en la generación de prompts, una tarea que considera parte del proceso creativo. Behl resaltó la necesidad de exigirle a las plataformas una mayor transparencia sobre los datos utilizados para entrenar modelos, especialmente en un contexto en el que los creadores son, en sus palabras, “dueños de los datos”, y por lo tanto deben poder ser remunerados cuando su obra alimenta sistemas algorítmicos.
Su exposición actualizó y amplió lo presentado un año atrás en el Congreso AVACI de la Ciudad de México, y tuvo la particularidad de darse en un escenario global transformado: en los últimos meses, dos decisiones judiciales establecieron importantes precedentes sobre cómo se entiende la autoría, la responsabilidad y el uso de obras protegidas en entrenamientos y outputs generados por IA.
Además, Behl profundizó en su propia experiencia creativa para ilustrar cómo la autoría se redefine en un contexto atravesado por modelos generativos. Explicó que actualmente trabaja en una película realizada mayormente con IA y que ese proceso le exige un nivel de diseño, precisión y decisiones autorales tan complejo como el del cine tradicional. “Yo creo que mi prompt es mi autoría”, señaló, al explicar que para una toma de apenas dos segundos debió escribir un prompt de dos páginas, especificando lente, filtros, referencias y otras decisiones estéticas que sólo pueden provenir de un conocimiento técnico. En esa línea, destacó la necesidad de que los directores y guionistas que utilizan inteligencia artificial en sus trabajos sean representados por las entidades de gestión, y propuso incluso la creación de una categoría específica —“creación IA”—, que reconozca la especificidad de este trabajo creativo.
Behl también advirtió sobre la necesidad de comprender cómo funcionan los modelos y qué implicancias tienen los datos en su entrenamiento. Subrayó que la falta de transparencia en las bases utilizadas y las nuevas regulaciones —como la ley danesa sobre derecho a la propia imagen, que obliga a verificar si un personaje generado se asemeja demasiado a una persona real— plantean desafíos inéditos para los realizadores. Consideró que la cuestión de los datos es hoy “el punto de conflicto” donde convergen los derechos de autor, la ética tecnológica y la distribución del valor generado por la IA: “Los datos son el petróleo del siglo XXI. Ustedes son muy importantes en esto”, afirmó ante la asamblea.
Luis Mangiavillano, abogado y director ejecutivo de DAC y miembro del Comité Legal y Técnico de AVACI, advirtió que “nos está corriendo un plazo para conseguir un derecho por remuneración por el entrenamiento que han hecho con los datos”, debido a la prescripción liberatoria, una figura legal que permitiría, por el paso del tiempo, eximir a las empresas dueñas de los modelos de inteligencia artificial de la responsabilidad de compensar a los autores por el uso de sus obras.
Luis Mangiavillano, abogado especialista en derecho de autor y miembro del Comité Legal y Técnico de AVACI
La abogada colombiana Adriana Saldarriaga, letrada de DASC y REDES y miembro del Comité Legal y Técnico de AVACI brindó una charla titulada “Visión legal de la obra digital”. En ella, ofreció una mirada jurídica sobre los desafíos que plantean hoy las obras creadas con apoyo de inteligencia artificial. Saldarriaga advirtió que la IA obliga a revisar nociones fundamentales del derecho de autor audiovisual: la diferencia entre “obra digital” y “obra audiovisual”, qué constituye una intervención humana “significativa” y la negativa de algunos gobiernos a registrar obras con participación de IA.
Así como Behl pedía representación a las sociedades de derecho de autor, Saldarriaga planteó el derecho de una sociedad de gestión colectiva a registrar y representar una obra realizada por completo con inteligencia artificial, y advirtió que “eso les va a pasar, y vamos a tener que enfrentarlo. Si negamos que es una obra, los productores van a alegar que la IA es un generador de contenidos, y que el derecho de remuneración se reduce”.
Adriana Saldarriaga, abogada especialista en derecho de autor y miembro del Comité Legal y Técnico de AVACI
Por otro lado, el Congreso contó con la mesa redonda “Donde la IA se encuentra con el arte: nuevas herramientas para el creador audiovisual en tiempos de inteligencia artificial”, moderada por Ada Johnsson, directora finlandesa invitada que recientemente dirigió una película enteramente con IA. En ella, Kyu Dong Min, presidente de DGK, presentó un cortometraje de su autoría, realizado íntegramente con inteligencia artificial. “La IA está cambiando la definición de un creador. Yo creo que la IA puede democratizar toda la aplicación para un público más joven. Creo que la lA será nuestro competidor, y divide a los que están familiarizados con ella de los que no saben usarla o no les interesa”, opinó.
También participaron de la mesa Nikica Zdunić, miembro del board de DHFA y Vinod Ranganath, CEO de SRAI, quienes debatieron sobre el valor artístico y ético de la creación audiovisual utilizando estos modelos, y las nuevas posibilidades de esta tecnología. “No entiendo cómo puede ser un arte, porque para mí el arte es la expresión única de un artista”, opinó Ranganath. “Esto no es escribir. Ninguna IA puede replicar a Charles Dickens. Si yo pongo un prompt y le pido que me escriba un libro, no lo hará del mismo modo”, agregó. En la misma línea, Zdunić manifestó preocupación por el avance de la tecnología sobre puestos de trabajo en la industria. “Siempre pienso en lo auténtico, y creo que es la base del arte”, sentenció.
El caso Li vs. Liu: China reconoce la protección autoral de obras generadas con IA
En 2023, la Beijing Internet Court dictó la primera sentencia del mundo que reconoce protección por derecho de autor a una obra generada con IA cuando existe contribución humana significativa. En Li vs. Liu, el tribunal determinó que una imagen producida mediante inteligencia artificial, pero bajo instrucciones, parámetros y decisiones creativas del usuario, puede ser considerada una obra original según la ley china. El fallo enfatizó que la titularidad sigue siendo exclusivamente humana -la inteligencia artificial no es sujeto de derechos- y que lo protegido es la intervención intelectual del autor. Aunque la máquina participa del proceso, no se trata de una creación autónoma: el elemento creativo humano sigue siendo indispensable.
El caso abrió un debate internacional, en diálogo con las discusiones en curso en la OMPI - Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, y plantea paralelos con el marco legal brasileño: la ley de derechos autorales, centrada en la “creación del espíritu humano”, y la ley sobre datos personales, que introduce la cuestión del uso de información personal en el entrenamiento de modelos.
En conclusión, el caso sostiene que la inteligencia artificial transforma la manera de crear, pero no desplaza la centralidad de la autoría humana, un principio que actualmente guía la interpretación de múltiples sistemas jurídicos.

GEMA vs. OpenAI: primera gran victoria judicial europea contra un modelo generativo
Mientras China avanzó sobre la definición de obra y autoría, Europa dio un paso contundente sobre la cuestión del uso no autorizado de obras protegidas para entrenar modelos. El 11 de noviembre de 2025, el Tribunal Regional de Múnich I falló a favor de la sociedad alemana de gestión colectiva GEMA, que representa a más de cien mil autores en Alemania y a más de dos millones de titulares de derechos en el mundo.
El tribunal concluyó que la plataforma Open AI entrenó sin autorización a sus modelos con letras de canciones protegidas, al cargarle obras completas en los parámetros del sistema; y que los outputs que devuelven fragmentos sustanciales de letras constituyen una infracción. Según el fallo, la excepción de “minería de datos” no ampara la conducta de OpenAI, porque la memorización y reproducción exceden el uso analítico y afectan directamente los intereses de explotación de los autores.
GEMA demostró ante el tribunal que Chat GPT podía devolver letras completas o parcialmente reconocibles de autores alemanes conocidos, lo que el fallo consideró una reproducción no autorizada. “El Internet no es un buffet de autoservicio, y los logros creativos de los seres humanos no son plantillas gratuitas”, declaró su CEO, Tobias Holzmüller. Es la primera vez que un tribunal europeo reconoce una infracción de derechos de autor en un modelo generativo, y dictamina que las empresas deben obtener licencias y remunerar a los creadores. El fallo también sostiene que la responsabilidad corresponde a la empresa desarrolladora —no al usuario que introduce el prompt—, y envía lo que los abogados de GEMA describieron como “un mensaje claro a la industria global de la tecnología”. Open AI manifestó su desacuerdo y anticipó que evalúa los próximos pasos. Cabe destacar que la sentencia aún es plausible de apelación. En paralelo, GEMA mantiene otra demanda contra el generador musical Suno.
Un ecosistema legal en transformación
La presentación de Christoph Behl en el Congreso AVACI coincidió, así, con un momento decisivo para la regulación global: mientras China avanza en la definición de autoría en obras híbridas, Europa delimita con firmeza los límites del uso de obras protegidas en el entrenamiento de modelos de IA. Estos antecedentes fortalecen la idea que Behl remarcó en Zagreb: la necesidad urgente de transparencia sobre los datos de entrenamiento, de estrategias regulatorias que reconozcan la intervención creativa humana y de mecanismos de remuneración justa para los titulares de derechos.
En un escenario donde la inteligencia artificial redefine cada etapa del proceso creativo y productivo, los marcos jurídicos comienzan a adaptarse. La disputa vigente no se trata sólo de cómo se crea, sino de quién se beneficia económicamente de los contenidos creados por humanos, una vez transformados en insumo para sistemas algorítmicos.
En este cruce entre innovación tecnológica y protección autoral, el Congreso AVACI dejó en claro que el futuro del derecho de los autores dependerá de establecer reglas claras que reconozcan la intervención humana y los derechos que de ella se desprenden, en una industria audiovisual de la que la inteligencia artificial ya es parte de manera irreversible. Los recientes fallos jurídicos en el mundo muestran que los tribunales empiezan a fijar límites. En un panorama global que cambia a gran velocidad, incorporar la inteligencia artificial al marco del derecho autoral se vuelve indispensable para asegurar una remuneración justa por el trabajo de los autores audiovisuales.


































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